Sufrimiento y desamparo legal
Manifiesto de 645 médicos contra la supresión de las anomalías fetales como supuesto para abortar
- DESCARGABLE Las 645 firmas
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Cuando uno se propone tener un hijo espera y, en ocasiones, casi da
por hecho que este va a nacer sano. Sin embargo, los expertos en
diagnóstico prenatal sabemos que los avatares biológicos hacen que esto
no siempre sea así.
Lo cierto es que entre un 10% y un 15% de las gestaciones acaban en
abortos espontáneos, abortos naturales que impiden que evolucione un
embrión que no se va a desarrollar de manera adecuada. Y es que si no
fuera así, si todos los óvulos que son fecundados siguieran adelante,
gran parte de nuestra descendencia sufriría anomalías muy graves, la
mayoría incompatibles con la vida. Asimismo, los embriones que superan
esta primera barrera también están expuestos a diversos peligros en su
crecimiento y desarrollo. En total, un 14,7% padecerá defectos
congénitos menores, y entre un 2% y un 3%, mayores.
Los defectos menores no requieren una intervención médica o
quirúrgica específica. Son, por ejemplo, un dedo supernumerario o una
oreja de implantación baja. Sin embargo, los defectos congénitos mayores
tienen distintos grados de severidad, algunos tienen tratamiento médico
o quirúrgico y otros no. Los médicos que trabajamos en diagnóstico
prenatal y en genética tenemos el cometido de explicar a la gestante, a
su pareja y a los profesionales a cargo del seguimiento del embarazo, el
estado del feto. Lo estudiamos desde el punto de vista estructural o
anatómico y desde el funcional. Para ello, utilizamos la ecografía como
herramienta de trabajo.
De ninguna manera la ley de 2010 abre las puertas a la eugenesia
La ecografía se desarrolló a partir del descubrimiento del radar en
la década de los cuarenta y en la actualidad se ha convertido en una
herramienta muy sofisticada que permite observar y analizar casi todo lo
que ocurre en el útero de la mujer embarazada durante la gestación:
cómo se va completando la embriología desde que el embrión mide 3
milímetros hasta las 11,3 semanas en las que mide 5 centímetros; cómo
van madurando los órganos, cómo crece el feto y evoluciona desde el
punto de vista neurológico, etcétera.
En España y en el entorno europeo se ha instaurado la práctica de
tres exploraciones ecográficas a lo largo de la gestación: la primera,
entre las 11 y las 14 semanas; la segunda, entre las 18 y las 22 semanas
—“la ecografía de la 20”—, y la tercera, entre la 30 y la 34 semanas.
Gracias a estas exploraciones somos capaces de diagnosticar tanto
anomalías menores como mayores y, además, evitar complicaciones durante
la evolución del embarazo.
Este es nuestro trabajo, para cuyo ejercicio nos hemos preparado
durante muchos años. Para ser un profesional experto en diagnóstico
prenatal es necesario estudiar la carrera de Medicina, especializarse en
Obstetricia y Ginecología durante cuatro años y al menos cinco años de
dedicación exclusiva al diagnóstico ecográfico fetal.
El diagnóstico de anomalías como un labio leporino o una obstrucción
en los riñones sirve para que los padres estén preparados antes del
nacimiento del bebé y puedan buscar las mejores opciones de tratamiento.
Por otro lado, el diagnóstico de algunas anomalías mayores puede
permitirnos practicar determinadas terapias intrauterinas (láser,
cirugía fetal, etcétera) y/o planificar el parto y las condiciones de
este para el inmediato tratamiento del recién nacido en las patologías
en las que sea necesario hacerlo así, o bien diferirlo de forma
programada y adecuada. Por desgracia, muchas de las anomalías severas
son alteraciones graves e incurables, algunas incompatibles con la vida
como la anencefalia o la trisomía del cromosoma 18. La ley actual
permite a la mujer y a su pareja tomar la decisión de continuar o no con
la gestación.
La mayoría de las alteraciones graves o incurables afectan al sistema
nervioso central o al corazón: cursan con una elevada probabilidad de
deficiencia mental severa o de muerte a los pocos meses o primeros años
de vida después de mucho sufrimiento familiar. Además, aunque muchas de
estas enfermedades acaban con el fallecimiento del bebé, requieren con
frecuencia cirugías complicadas y costosas, estancias hospitalarias
largas a menudo en unidades de cuidados intensivos, y en definitiva
producen un sufrimiento muy elevado para el bebé y su núcleo familiar.
Desde un punto de vista numérico, las interrupciones de la gestación
por causa fetal son escasas (3% del total), pero las consecuencias
psicológicas, emocionales, sociales y médicas son muy duras. Se trata de
embarazos deseados en los que de manera inesperada aparece un problema
fetal muy severo con graves repercusiones físicas y/o psíquicas en el
recién nacido. La decisión de interrumpir el embarazo causa mucho
sufrimiento.
Si la ley no permite la interrupción de la gestación en estos casos ,
a la dramática situación se sumará el desamparo legal que sufrirán las
gestantes. La opción, si toman la decisión de interrumpir el embarazo,
será viajar a países europeos de nuestro entorno donde la interrupción
voluntaria del embarazo por causa fetal es legal. El coste económico que
esto supone nos llevará a una situación semejante a la que vivimos
antes de la ley de 1985. Algunas mujeres tendrán que recurrir al aborto
clandestino poniendo en peligro sus vidas. Además, desde un punto de
vista médico, es fundamental que estas malformaciones graves se estudien
detenidamente, ya que pueden repetirse en gestaciones posteriores.
Deben hacerse estudios genéticos y necrópsicos que permitan realizar un
buen consejo reproductivo de cara a futuras gestaciones.
La ley de 2010 no abre las puertas a la eugenesia —esta es una falsa
interpretación—, porque matiza, más que la anterior, bajo qué
circunstancias y en qué tipo de malformaciones se puede interrumpir un
embarazo avanzado y porque de ninguna manera tiene como objetivo el
perfeccionamiento de la especie humana (ver significado de “eugenesia”
en el diccionario de la RAE).
Los firmantes de este texto, especialistas en Obstetricia y
Ginecología, en Genética Médica, en Pediatría o en Radiología y muchos
expertos en Diagnóstico Prenatal, apoyamos los supuestos de interrupción
voluntaria del embarazo por causa fetal de la vigente Ley de Salud
Sexual y Reproductiva que contemplan la posibilidad de interrupción de
la gestación en los casos de alteración fetal grave. Recordamos que este
tipo de interrupción tiene un carácter eminentemente médico.
Las parejas que se acogen a estos supuestos lo hacen tras recibir una
extensa información sobre los hechos biológicos detectados y sobre los
recursos existentes en caso de que decidan continuar con la gestación.
Necesitan además la firma de dos expertos que acrediten que existe una
anomalía grave si esta se diagnostica antes de las 22 semanas y deben
ser evaluados por una comisión multidisciplinar que dictaminará la
gravedad e irreversibilidad de la alteración fetal si esta se
diagnostica después de las 22 semanas. Tras la interrupción debe
realizarse un estudio genético y anatomopatológico para establecer un
buen asesoramiento reproductivo posterior. Además, es importante para la
paciente y su pareja recibir un correcto acompañamiento psicológico.
Pilar Martínez Ten y Begoña Adiego
son ginecólogas. Suscriben este manifiesto 645 profesionales. Lo hacen a
título individual, sin vincular al centro donde trabajan.
- FUENTE
- http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/11/01/actualidad/1351798388_778454.html
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